Comentario
Una vez que la viuda había ofrecido una buena despedida a su marido, cabe preguntarse durante cuánto tiempo debía llorar su ausencia. La respuesta la encontramos en el año de luto. Esta costumbre romana permitía al hombre casarse nuevamente inmediatamente después de la muerte de su esposa, mientras exigía a la mujer esperar un tiempo considerable. Se trataba de lo que se denominó tempus lugendi - tiempo de llano, o de luto-. Desde Las Siete Partidas, donde ya se hace mención a esta práctica, los castigos que recogen los sucesivos cuerpos jurídicos en contra de aquellas viudas que no respetasen el tempus lugendi fueron principalmente de carácter patrimonial. De acuerdo con el antiguo Fuero Juzgo, la mujer que contraía segundas nupcias o cometía adulterio dentro de estos doce meses tenía que dar la mitad de su dote a los hijos de su primer matrimonio, y si no hubiera hijos, a los parientes más próximos de su marido. La Nueva Recopilación reafirmó en el siglo XVI esta pena contra el adulterio, pero garantizó el derecho de las viudas a contraer nuevas nupcias cuando ellas quisieran sin sufrir la pérdida de su dote. En Navarra la viuda perdía el usufructo de los bienes de su difunto esposo por romper su fealdad (viudedad navarra). Mientras que en Cataluña y Valencia este ínterin era conocido como el any de plor, o año de llanto. Se entendía que la mujer durante doce meses debía comportarse como si su marido viviera y, por lo tanto, no podía reclamar la restitución de su exovar, o dote, ni el pago del creix, o arras, a los herederos del difunto. A cambio los herederos del esposo debían dar a la esposa lo necesario para su sustento (derecho que también recogían los Fueros de Vizcaya). Esta consideración se aplicó a otros ámbitos: en el gremio, las ordenanzas permitieron a las viudas de sus oficiales mantener los negocios abiertos durante el año posterior al fallecimiento; y en el eclesiástico, ya que en algunas iglesias, y pese a la prohibición de que hombres y mujeres se sentasen juntos en el templo, se permitió que las viudas se situasen en el banco ocupado por sus maridos.